lunes, 30 de enero de 2012

LA RECREACIÓN COMO UN ESPACIO DE SOCIALIZACIÓN EN NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON DISCAPACIDAD



Recordemos que  la Convención sobre  los Derechos del niño, estipula en el Artículo 31 reconocer el derecho del niño al descanso y el esparcimiento, al juego y a las actividades recreativas propias de su edad y a participar libremente en la vida cultural y en las artes.
De la misma manera es también necesario hacer mención al Artículo 30 de la Convención de los Derechos de Las Personas con Discapacidad - CDPCD que reconoce el Derecho a la Participación en la vida cultural, las actividades recreativas, el esparcimiento y el deporte.
Teniendo en cuenta ambas leyes anteriormente mencionadas,  se reconoce al juego y la recreación como un derecho fundamental,  ya que contribuye al mejoramiento de la calidad de vida de nuestra niñez, el mismo que incluye el hecho de gozar de una vida tranquila, en el que prime el sosiego, pero sobre todo que mediante el juego y el esparcimiento se puedan desarrollar habilidades sociales, que colabore con el desarrollo del carácter, promueve la salud y estreche lazos de amistad y solidaridad con la adquisición de  adecuadas relaciones interpersonales que traigan consigo el correcto  desarrollo físico y mental de nuestros niños, en tal sentido debemos dejar de  creer que el aspecto recreativo es meramente superficial y que por ende no tiene mayor importancia.
Es necesario hacer una critica ya que si bien es cierto esta ley rige tanto para niños, niñas con discapacidad como aquellos sin discapacidad, no todos/as gozan de las mismas oportunidades al juego y a la recreación.
Recordemos que  el  logro de la inclusión social  solo se logrará cuando el estado brinde las mismas oportunidades a toda nuestra niñez, no solo en el ámbito  educativo, de salud , de acceso al servicio público, sino también  es preciso incluir la formación  para las actividades recreativas, el ocio y el juego para los niños con discapacidad  oportunidades iguales de participar en diversas actividades artísticas, culturales  así como también del deporte, y esas actividades deben ser consideradas  por la sociedad en general, por los docentes y por los padres de familia  como un medio de realizar una vida satisfactoria y de calidad,  pero sobre todo que incluya el adecuado y normal desarrollo de nuestros niños/as con discapacidad en el marco del respeto a su derecho a la recreación.
Existen diversos actores sociales que es necesario analizar para seguir haciendo una crítica a la escasa importancia que se le da al derecho a la recreación, uno de ellos es la familia, el mismo que desempeña un rol de agente socializador, siendo en ella donde los niños/as reciben los cimientos para una personalidad estable y la adquisición de valores, es por eso que en los hogares los padres deben de priorizar la enseñanza de  los niños teniendo en cuenta la recreación de éstos, mejor aun cuando en el hogar se tiene a un niño, niña o adolescente con discapacidad, se ha visto con preocupación que existen muchas familias en las cuales los mismos padres ocultan a sus hijos con discapacidad creyendo erróneamente en falsos prejuicios prohibiéndoles de ese modo del disfrute  de las actividades culturales, lúdicas, recreativas, deportivas de su comunidad, este es un error muy grave que cometen algunas familias debido al desconocimiento de las potencialidades que puede traer que un niño/a con discapacidad ocupe su tiempo libre en actividades recreativas ya que esto les permitirá una mayor posibilidad de habilitación y rehabilitación y a su vez es importante que puedan interactuar con otros niños sin discapacidad el mismo que conllevara a un mayor trato social, el aumento de  su autoestima, de adecuadas relaciones interpersonales y creerse capaz de desenvolverse adecuadamente en nuestra sociedad, poniendo en practica sus habilidades, destrezas y capacidades.
El segundo eje a tratar son las instituciones educativas inclusivas, las mismas que si bien es cierto deben contar con ciertos estándares que brinden mejores niveles de enseñanza y aprendizaje de nuestros niños/as, en ello entra a tallar una infraestructura de acorde a las necesidades, docentes debidamente capacitados, padres de familia sensibilizados y comprometidos con la formación de sus hijos, pero no dejemos de lado los espacios de recreación ya que si observamos la mayoría por no decir todas las escuela inclusivas de la región Junín no cuentan con áreas recreativas acondicionados para el acceso a la niñez con discapacidad, esta es una situación muy lamentable ya que se habla de inclusión social pero a la vez se les niega  la posibilidad de desenvolverse como lo que son… niños/as… independientemente de la discapacidad que tengan. 
Es indispensable también comentar sobre la responsabilidad que recae en manos de los docentes que tienen a su cargo a niños/as con discapacidad, ya que ellos deben ser los primeros en  ver la recreación como una herramienta clave en el proceso  educativo, diseñando de ese modo estrategias de aprendizaje  que involucre el juego y el esparcimiento como medio de adquisición de nuevos conocimientos, haciendo que  las clases se conviertan en espacios de interrelación que contribuya al desarrollo integral de los estudiantes.
En ese sentido, recordemos que tanto el estado, las instituciones públicas y privadas y la sociedad en general, estamos llamados a defender y promover los derechos de los niños, niñas y adolescentes, esto implica no privarles de su derecho a la recreación, debemos ser nosotros los primeros en velar por el bienestar de ellos, comprometiéndonos de ese modo con su formación integral, sin sentir compasión o lástima por nuestra infancia en situación de discapacidad, sino por el contrario sintiendo respeto y admiración por ellos, brindándoles las oportunidades de gozar de una vida digna en donde prime la tolerancia y respeto a la diversidad, y de ese modo ellos mismos se conviertan en  partícipes de su propio desarrollo.

No hay comentarios:

Publicar un comentario